Comprar un coche de segunda mano a un concesionario: IVA o ITP

Revisado el · Kit Coche

Si compras un coche usado a un concesionario o una compraventa (un empresario), no pagas ITP: el precio ya incluye el IVA. Si lo compras a un particular, es al revés: pagas ITP y no hay IVA. Esta guía explica por qué y qué más cambia.

Resumen

A un particularA un concesionario
ImpuestoITP (según comunidad), sobre el mayor entre el precio y el valor fiscalIVA del 2 , ya incluido en el precio
Quién lo pagaEl comprador, con el modelo 620Va dentro del precio; no hay modelo 620
GarantíaVicios ocultos, 6 meses (garantía entre particulares)Ley de consumidores: 3 años, o lo pactado en usados con un mínimo de 1
Cambio de titularidadLo haces tú o una gestoríaSuele ofrecerlo el vendedor; pregúntalo y ponlo por escrito
DocumentoContrato entre particularesFactura del vendedor

Por qué no pagas ITP en un concesionario

La venta de un coche por un empresario en el ejercicio de su actividad está sujeta al IVA, cuyo tipo general es del 2  (art. 90 de la Ley 37/1992).

Y esas operaciones no tributan por ITP: según el art. 7.5 del texto refundido, no están sujetas a transmisiones patrimoniales onerosas las operaciones en las que quien transmite es un empresario o profesional en el ejercicio de su actividad, ni las que estén sujetas al IVA. Por eso en estas compras no hay modelo 620.

La factura no desglosa el IVA (REBU)

Muchos concesionarios de usados aplican el régimen especial de bienes usados (arts. 135 a 139 de la Ley 37/1992). En él, el IVA se calcula solo sobre el margen del vendedor (la diferencia entre lo que pagó por el coche y lo que cobra), y en la factura no puede aparecer la cuota por separado: se entiende incluida en el precio total (art. 138).

Para ti, la consecuencia práctica es que el precio final es el que pagas, sin sumar impuestos. Y si compras como empresa o autónomo, no podrás deducirte ese IVA (art. 138).

Por qué un concesionario no paga ITP al comprarte el coche

Cuando una compraventa te compra el coche a ti para revenderlo, tampoco paga ITP: el art. 45.I.B).17 del texto refundido exime la compra de vehículos usados «cuando el adquirente sea un empresario dedicado habitualmente a la compraventa de los mismos y los adquiera para su reventa». La exención es provisional y pasa a definitiva si justifica la venta dentro del año siguiente a la compra.

Esto no cambia lo que pides por tu coche, pero explica por qué un profesional puede comprar sin ese coste. Para ponerle precio, mira cuánto vale tu coche.

Quién hace la transferencia

Con un particular, tú haces el cambio de titularidad en la DGT (tasa 1.5 de 55,7 ). Con un concesionario, es habitual que se encargue él, pero no es una obligación legal: depende de lo que pactéis.

Antes de pagar, deja por escrito:

  • Quién hace la transferencia y en qué plazo.
  • Si el precio incluye la tasa de la DGT y la gestión, o se cobran aparte.
  • Que el coche se entrega con los papeles al día (permiso de circulación, ficha técnica, ITV).

Mientras no se haga, el coche sigue a nombre del anterior titular. Revisa el informe del vehículo antes de comprar.

Garantía: lo que cambia con un profesional

Al comprar a un empresario se aplica la ley de consumidores. El vendedor responde de las faltas de conformidad que existan al entregar el coche y se manifiesten en tres años. En bienes de segunda mano, comprador y vendedor pueden pactar un plazo menor, pero no inferior a un año desde la entrega (art. 120.1 del RDL 1/2007, en la redacción del RDL 7/2021).

Un particular no ofrece nada de esto: solo responde por vicios ocultos. Los detalles de ambos casos, en la guía de garantía.

Pide que el plazo de garantía conste por escrito en el contrato o la factura y que indique qué cubre.

¿Compensa un concesionario?

Depende de lo que busques. El precio suele ser más alto que entre particulares, pero compras con garantía, factura y, normalmente, la gestión hecha. Entre particulares puedes ahorrar, pero asumes tú los trámites y un riesgo mayor: por eso conviene comprar con método.

Preguntas frecuentes

¿Pago ITP si compro un coche usado a un concesionario?

No. La venta de un empresario está sujeta a IVA y no a ITP (art. 7.5 del texto refundido del ITP). El precio ya incluye el IVA del 21 %.

¿Por qué la factura no muestra el IVA?

Muchos concesionarios aplican el régimen especial de bienes usados, en el que la factura no puede desglosar la cuota: se entiende incluida en el precio total (art. 138 de la Ley 37/1992).

¿Quién hace el cambio de titularidad en un concesionario?

Suele hacerlo el vendedor, pero la ley no lo impone: depende de lo pactado. Deja por escrito quién lo hace, en qué plazo y si la tasa de la DGT (55,70 €) va incluida.

¿Qué garantía tiene un coche usado comprado a un profesional?

La legal de consumidores: tres años, que en bienes de segunda mano se pueden pactar menos, pero nunca menos de un año desde la entrega (art. 120 del RDL 1/2007).

¿Tiene garantía un coche comprado a un particular?

No la de consumidores. Solo responde por vicios ocultos durante seis meses desde la entrega, y el contrato puede excluirlo si el vendedor no conocía el defecto.


Fuentes: Ley 37/1992 del IVA, arts. 90 y 135 a 139; texto refundido del ITP y AJD, arts. 7.5 y 45; texto refundido de la Ley de Consumidores, art. 120. Comprobado en octubre de 2026. Contenido informativo, no es asesoría legal ni fiscal.

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