ITP de un coche de segunda mano en Comunitat Valenciana

Si compras un coche usado a un particular y vives en Comunitat Valenciana, pagas el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) a la hacienda de Comunitat Valenciana, con el modelo 620, antes de hacer el cambio de titularidad en la DGT.

Cuánto se paga

  • Tipo general: 6 %.
  • 8 % si el valor fiscal es de 20.000 € o más, o si el coche tiene 5 años o menos y más de 2.000 cc.
  • Cuotas fijas si el valor fiscal es inferior a 20.000 €: con más de 5 y hasta 12 años, 120 € (hasta 1.500 cc), 180 € (hasta 2.000 cc) o 280 € (más de 2.000 cc); con más de 12 años, 40 €, 60 € o 140 €.

El porcentaje se aplica sobre el mayor entre el precio del contrato y el valor fiscal del coche (valor de nuevo según Hacienda × coeficiente de antigüedad). Lo explicamos en la guía del ITP. Puedes consultar el valor fiscal de tu coche en la herramienta oficial de Comunitat Valenciana.

Ejemplo

Un turismo de 1.400 cc y 10 CV fiscales, con un valor de nuevo de 20.000 € y algo más de 6 años, vendido por 6.000 €: cuota fija de 120,00 €.

Plazo y cómo pagarlo

Un mes desde la firma del contrato. Se presenta el modelo 620 con la carta de pago 917, online con certificado digital. En turismos de menos de 20.000 € y más de 5 años, el 620 y la 917 pagada se llevan directamente a Tráfico.

Trámite oficial: Agència Tributària Valenciana, compraventa de vehículos.

Calcula tu caso

Todos los campos son obligatorios.

El ITP se paga en la comunidad donde vive el comprador, no donde está el coche ni donde se firma.
Está en el permiso de circulación. Con ella se calcula la antigüedad, que rebaja el valor fiscal del coche.
La del contrato. Desde ese día corre el plazo para presentar el ITP.

Busca tu coche en las tablas de Hacienda

Rellena el valor de nuevo, los CV fiscales y la cilindrada con los datos oficiales de 2026.

Lo que Hacienda considera que costaba el coche nuevo, según la tabla oficial del BOE. No es lo que pagó el primer dueño.

Se rellena al elegir tu coche arriba. Si no aparece, búscalo en el anexo I de la Orden HAC/1501/2025.

El que pone el contrato. Si es mayor que el valor fiscal, el impuesto se calcula sobre el precio.
La potencia fiscal, no la del motor: sale de la cilindrada y es mucho menor (un coche de 110 CV suele tener 11 o 12). Está en la ficha técnica, donde pone Potencia fiscal.
Está en la ficha técnica. En algunas comunidades los coches antiguos pagan una cuota fija según la cilindrada.
La pegatina ambiental del parabrisas. Algunas comunidades rebajan el impuesto a los coches 0 emisiones y ECO.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto ITP se paga al comprar un coche usado en Comunitat Valenciana?

Tipo general: 6 %. 8 % si el valor fiscal es de 20.000 € o más, o si el coche tiene 5 años o menos y más de 2.000 cc. Cuotas fijas si el valor fiscal es inferior a 20.000 €: con más de 5 y hasta 12 años, 120 € (hasta 1.500 cc), 180 € (hasta 2.000 cc) o 280 € (más de 2.000 cc); con más de 12 años, 40 €, 60 € o 140 €. El porcentaje se aplica sobre el mayor entre el precio del contrato y el valor fiscal del coche según las tablas de Hacienda.

¿Qué modelo se presenta para el ITP en Comunitat Valenciana?

El modelo 620. Trámite oficial: Agència Tributària Valenciana, compraventa de vehículos.

¿Cuál es el plazo para pagar el ITP de un coche en Comunitat Valenciana?

Un mes desde la firma del contrato. Se presenta el modelo 620 con la carta de pago 917, online con certificado digital. En turismos de menos de 20.000 € y más de 5 años, el 620 y la 917 pagada se llevan directamente a Tráfico.

¿Cuánto cuesta en total poner a tu nombre un coche usado en Comunitat Valenciana?

El ITP de Comunitat Valenciana más la tasa de la DGT por el cambio de titularidad, de 55,70 €. Con el coche del ejemplo de esta página: 120,00 € de ITP + 55,70 € = 175,70 €.

¿Quién paga el ITP, el comprador o el vendedor?

El comprador, en la comunidad donde reside, aunque el coche se compre en otra. Si vives en Comunitat Valenciana, lo pagas aquí.

Fuentes: Tributación Autonómica 2026 (Ministerio de Hacienda), Agència Tributària Valenciana, Ley 13/1997 (BOE consolidado). Datos comprobados en octubre de 2026. Contenido informativo, no es asesoría legal ni fiscal.